La Superintendencia de Riesgos del Trabajo decretó la nueva cobertura de
casos por Covid
Los empleados de estaciones de servicio deberán acreditar el contagio de
Covid en el trabajo para que los cubra la ART (prenoticia)
La presunción no existe más para los empleados de estaciones de
servicios. Así lo estableció Decreto 39/21 y sus posteriores
modificatorias la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
De esta manera, hasta el momento el personal las fuerzas de las fuerzas
de seguridad y de salud mantiene la presunción por contagio en lugar
de trabajo, según lo establece su ART.
A partir de ahora, y con este cambio en la cobertura, el empleado que se
contagie de covid-19 y que requiera su intervención por ART, deberá
acreditar que el contagio sucedió mientras realizaba sus actividades en su
puesto de trabajo.
"La aplicación de esta presunción a cualquier ámbito laboral carece de
justificación al verse notoriamente reducida la probabilidad de aseverar
indubitablemente con una base científica de certeza razonable, que el
contagio se produjo en el lugar de trabajo" establece el
nuevo decreto emitido este 14 de enero por la Superintendencia de
Riesgos del Trabajo.