Así lo establece el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a través
de una resolución publicada en el Boletín Oficial

El Gobierno Nacional autorizó a que empresas de servicios de
internet, televisión por cable y telefonía fija cobren un
retroactivo al mes de julio.
La autorización vino a través de la Resolución 862/2021 publicada en
el Boletín Oficial por parte del Ente Nacional de Comunicaciones
(ENACOM).
Dicho aumento se aplicará de forma retroactiva al 1º de julio de este año y
con un tope máximo de 5 por ciento, en cualquiera de los planes y
modalidades, tanto pospago y mixtas.
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