El Ministerio del Interior fijó los montos que podrán percibir las autoridades de mesa en las PASO 2019
FOTOGRAFÍA: MAURICIO ACOSTA
El Ministerio del Interior, a través de la resolución 216/2019, dispuso el monto que podrán percibir las personas que sean designadas autoridades de mesa y cumplan con sus funciones y obligaciones.
Las personas que administren las mesas, tanto presidente como autoridades de mesa, percibirán una remuneración de $ 1.200 por cada jornada electoral y $ 1.900 si participan de actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral.
Dichas personas que asuman las obligaciones deberán presentarse en los centros de votación asignados a las 07.45 horas de la mañana, es decir quince minutos antes de la apertura de las urnas.
Las autoridades pertinentes serán notificadas 30 días antes a las elecciones. Para que suceda esto, los requisitos que deberán sostener serán los de: ser elector hábil, tener entre 18 y 70 años, recidir en la sección electoral en donde cumplirá sus obligaciones y saber leer y escribir.
Para tal desempeño, se deberá postular en un Registro Público que funciona en los juzgados electorales y los seleccionados se definen de manera aleatoria.
FOTOGRAFÍA: MAURICIO ACOSTA
El Ministerio del Interior, a través de la resolución 216/2019, dispuso el monto que podrán percibir las personas que sean designadas autoridades de mesa y cumplan con sus funciones y obligaciones.
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En dicho informe, elevado el 11 de junio pasado en el Boletín Oficial, establece las facultades, responsabilidades, obligaciones y remuneraciones.
Las personas que administren las mesas, tanto presidente como autoridades de mesa, percibirán una remuneración de $ 1.200 por cada jornada electoral y $ 1.900 si participan de actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral.
Dichas personas que asuman las obligaciones deberán presentarse en los centros de votación asignados a las 07.45 horas de la mañana, es decir quince minutos antes de la apertura de las urnas.
Las autoridades pertinentes serán notificadas 30 días antes a las elecciones. Para que suceda esto, los requisitos que deberán sostener serán los de: ser elector hábil, tener entre 18 y 70 años, recidir en la sección electoral en donde cumplirá sus obligaciones y saber leer y escribir.
Para tal desempeño, se deberá postular en un Registro Público que funciona en los juzgados electorales y los seleccionados se definen de manera aleatoria.