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Las mascotas podrán viajar en micros de larga distancia y trenes: todo lo que hay que saber

El Gobierno nacional habilitó el traslado de animales domésticos en servicios terrestres de todo el país y las empresas podrán cobrar una tarifa especial por el servicio.
La Secretaría de Transporte autorizó el traslado de perros y gatos en micros y trenes de larga distancia bajo nuevas reglas de seguridad y sanidad.

El Ministerio de Economía confirmó una noticia que esperaban miles de dueños de perros y gatos en todo el país. A través de una nueva normativa, la Secretaría de Transporte permitió que las mascotas viajen en los micros de larga distancia y en los trenes que recorren las provincias argentinas. La resolución oficial buscó modernizar las reglas de los viajes terrestres y facilitar el traslado de los animales bajo condiciones de seguridad y bienestar.
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La medida figuró en la resolución 2076/2025 que firmó la cartera de Luis Caputo este martes. El texto aclaró que cada compañía de transporte tuvo la libertad de organizar sus horarios y las formas en las que recibió a los animales. El objetivo principal de los funcionarios fue cumplir con los estándares internacionales y con el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos. De esta manera, el Estado dejó en manos de las empresas la decisión de cómo aplicar la logística en sus unidades.

Los pasajeros que decidieron subir con sus mascotas fueron los responsables absolutos de su cuidado. La norma estableció que el dueño tuvo que garantizar la salud y la tranquilidad del animal para no molestar al resto de la gente en el viaje. El traslado se hizo obligatoriamente en un contenedor o transportín cerrado. Este canil tuvo que ser apto para garantizar la ventilación y la limpieza durante todo el trayecto.
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Sobre la ubicación dentro del micro o el tren, el reglamento fue muy claro para evitar problemas. El contenedor debió ir sobre la falda del pasajero, abajo del asiento de adelante o en el lugar de la ventana. Si el animal ocupó un asiento propio, el dueño tuvo que sujetar el canil con el cinturón de seguridad. Estas pautas se fijaron para reducir el riesgo de golpes o escapes ante cualquier frenada brusca en la ruta o en las vías.

En cuanto a los papeles, el personal de las empresas pidió la constancia de vacunación antirrábica al día. También solicitaron cualquier otro certificado de salud que las provincias pidieron según el destino. Un dato clave fue que solo se permitió el viaje a pasajeros mayores de edad y con un solo animal por persona. Además, no se permitió meter a más de una mascota dentro del mismo canil, sin importar el tamaño de los animales.
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El costo del pasaje para los animales no fue fijo. El Gobierno autorizó a las empresas a cobrar una tarifa especial según los valores del mercado actual. El único caso donde el viaje se mantuvo sin costo fue el de los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad. Estos animales quedaron amparados por la ley 26.858 y no tuvieron que pagar ningún extra ni viajar encerrados en contenedores.

Las compañías de transporte también tuvieron el poder de decidir qué razas o tamaños aceptaron en sus unidades. Pudieron poner límites de peso, edad y dimensiones según el tipo de micro o coche de tren. Después de cada viaje con animales, los transportistas cumplieron con un protocolo estricto de limpieza y desinfección de los espacios usados. Esta medida se tomó para cuidar la higiene de los pasajeros que subieron después a esas mismas unidades.
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