El reciente marco reglamentario habilita la creaci贸n de un Fondo de Cese
Laboral, que ofrece una alternativa a las tradicionales indemnizaciones por
despido, dejando su implementaci贸n sujeta a convenios colectivos de trabajo.
¿Qu茅 cambia para empleadores y trabajadores?
Nueva ley laboral: ¿C贸mo cambiar谩n las indemnizaciones por despido? (Foto: GCBA)

El nuevo Fondo de Cese Laboral surge como una opci贸n para reemplazar
las tradicionales indemnizaciones por despido. Este sistema, dise帽ado para
otorgar mayor flexibilidad, fue formalizado en la reciente reglamentaci贸n de
la reforma laboral contenida en la Ley Bases. La norma establece un
esquema que las empresas y los trabajadores podr谩n adoptar voluntariamente, en
el marco de los convenios colectivos de trabajo, permitiendo optar por
un sistema diferente al que regula actualmente la
Ley de Contrato de Trabajo.
Uno de los puntos centrales de la reglamentaci贸n, publicado esta semana en el
Bolet铆n Oficial, es que permite a las partes acordar un mecanismo alternativo
al r茅gimen tradicional de indemnizaciones. De acuerdo con el art铆culo 6° de la
norma, empleadores y trabajadores podr谩n sustituir la indemnizaci贸n por
antig眉edad establecida en el art铆culo 245 de la Ley 20.744, aplicable a
diversas situaciones de cese laboral.
Este nuevo fondo tiene el objetivo de implementar un esquema similar al
vigente en el sector de la construcci贸n, adaptando el sistema a otros sectores
productivos. De este modo, se busca incentivar a cada industria a dise帽ar su
propio modelo de retiro laboral, contemplando tanto las condiciones de
la extinci贸n del contrato como las modalidades de pago.
En cuanto a las modalidades de indemnizaci贸n, el fondo deber谩 estipular las
causas que habiliten el pago de una prestaci贸n dineraria al trabajador cuando
se extinga la relaci贸n laboral. Adem谩s, la normativa prev茅 diferentes opciones
para establecer montos y condiciones de pago, permitiendo que los convenios
colectivos definan si el pago se efectuar谩 a trav茅s de seguros colectivos o
individuales, o mediante un fondo de cese.
Un aspecto relevante es que la reglamentaci贸n introduce una protecci贸n
especial para los trabajadores despedidos sin causa, garantizando un
tratamiento diferencial en estos casos. As铆, el empleador y el
trabajador podr谩n acordar, al inicio de la relaci贸n laboral, si se regir谩n por
este nuevo sistema o mantendr谩n el esquema indemnizatorio vigente.
Es importante destacar que este sistema es voluntario y ser谩 implementado solo
si las partes lo acuerdan en los convenios colectivos. Adem谩s, la normativa
establece que la opci贸n tomada por el trabajador y el empleador solo puede ser
modificada por acuerdo escrito entre ambos.
Los convenios colectivos podr谩n adoptar diferentes versiones del
Fondo de Cese Laboral, adaptadas a las caracter铆sticas y necesidades de
cada sector, pero siempre respetando los par谩metros establecidos en la
reglamentaci贸n. En el caso de relaciones laborales que se hayan iniciado antes
de la implementaci贸n del fondo, las partes podr谩n optar por cambiarse al nuevo
sistema mediante acuerdo mutuo.
En cuanto a la administraci贸n del fondo, el art铆culo 11° establece que este
podr谩 gestionarse a trav茅s de
cuentas bancarias, fondos comunes de inversi贸n, o fideicomisos
financieros, permitiendo una amplia variedad de opciones seg煤n las necesidades
del sector. Adem谩s, el empleador podr谩 realizar aportes mensuales a cuentas
bancarias especiales, que reemplazar谩n la indemnizaci贸n tradicional prevista
en la Ley de Contrato de Trabajo.
Finalmente, el art铆culo 12° aclara que estos aportes mensuales a las cuentas
de cese tendr谩n car谩cter de cancelaci贸n definitiva, es decir, una vez
realizados, se considerar谩n como la indemnizaci贸n correspondiente. Esto busca
evitar conflictos legales futuros y proporcionar una mayor previsibilidad
tanto a trabajadores como empleadores.
Esta reforma, que ha sido objeto de intensas negociaciones entre el Gobierno,
el sector empresario y los sindicatos, fue presentada como una
herramienta clave para reducir la incertidumbre laboral y el costo que
representan las indemnizaciones. Seg煤n el economista Federico Sturzenegger,
esta medida permitir谩 "redefinir la naturaleza de la relaci贸n laboral" en un
aspecto tan sensible como la indemnizaci贸n, que ha sido hist贸ricamente
una fuente de conflictividad en el mercado laboral argentino.
El gran desaf铆o ser谩 ahora la implementaci贸n efectiva de este sistema, y c贸mo
los sectores m谩s conservadores del sindicalismo y el empresariado adaptar谩n
este nuevo modelo a sus necesidades.
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