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El principio protectorio en el Derecho del Consumidor

El principio protectorio del Derecho del Consumidor es uno de los Principios Jurídicos más relevantes dentro de este ámbito.

Este principio protectorio versa en la situación de vulnerabilidad existente entre la estructura de los consumidores en la Sociedad de Consumo.
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Su fuente se encuentra amparada en el artículo 42 de la Constitución de la Nación argentina, el cual provee la protección de los derechos de los usuarios y consumidores, el cual se establece como deber de las autoridades, comprendidas como los poderes legislativo, el Poder Ejecutivo y el Judicial tanto en el Poder Federal, como el provincial y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Regla de Proyección 
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Este principio establece como reglas básicas tres formas de implementación:

Regla de In Dubio Pro Consumidor: Esta se aplica cuando una norma tanto especial o general puede llegar a tener varias interpretaciones. Frente a esto, se aplicará la más favorable al consumidor. El Indubio Pro Consumidor es una regla que ha sido articulada en el 1094 del Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 1095 en las relaciones de consumo.
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Regla de la Norma Más Favorable: Esta se aplicará en los términos anteriores descritos . Como regla general, se debe interpretar y privilegiar la norma más favorable al Consumidor en el caso concreto.
Regla de la Condición Más Beneficiosa: Como regla general, se debe tender a ampliar derechos y no disminuirlos, por lo que se debe determinar frente a una situación en concreto, aplicar la regla de la condición más beneficiosa al Consumidor.

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