El Gobierno no prorrogó esta vez la prohibición de despidos pero estableció un descenso escalonado de la doble indemnización

El Gobierno no prorrogó esta vez la prohibición de despidos, en su lugar estableció un nuevo régimen de cálculo de la doble indemnización


El Gobierno Nacional optó esta vez por no prorrogar la prohibición de despidos que vence este 31 de diciembre de 2021. En su lugar estableció un nuevo régimen de cálculo.

La medida fue anunciada recientemente y publicada en el Boletín Oficial mediante el decreto Nº 886/21. Esta nueva regulación tendrá tres niveles en el que ya no estará la figura de la prohibición de despidos, pero establece un nuevo cálculo en el monto indemnizatorio doble.

Este descenso escalonado del cálculo corresponde al segundo cálculo indemnizatorio, es decir el monto doble o el cálculo extra que se le suma al primero que es la indemnización simple y regular según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.

La nueva normativa establece que "tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al 75% del monto de la misma, desde el primero de enero y hasta el 28 de febrero de 2022".

El monto adicional calculado, que se calcula del principal, no podrá superar los 500.000 pesos.

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